La Tabacalera Copyfight

Propuesta de proyecto para un centro social autogestionado liberador de cultura* (texto aprobado en coordinación)

*Cultura: Conjunto de conocimientos que nos proporcionan juicio crítico

OBJETIVOS

1. Convertir el centro social en un espacio implicado en la generación y difusión de cultura libre. ¿Cómo?
– Utilizando herramientas libres para todas nuestras necesidades (Software, creaciones culturales, licencias, actuaciones, contratos, etc.)
– Fomentando la creación de nuevas herramientas libres (bibliotecas, webs, telefonía, artefactos, etc..)
– Difundiendo y promocionando conocimientos, saberes y herramientas libres
– Defendiendo la cultura libre y el dominio público
– Promoviendo el derecho universal de acceso a cualquier obra cultural y defendiendo el derecho a copia privada.
– Apostando activamente por la superación del mal llamado «sistema de propiedad intelectual» (gestión de derechos de autor, patentes y marcas).

2. Proteger al CSA La Tabacalera de los problemas y conflictos derivados de la gestión privativa de derechos de autor. ¿Cómo?
– Dando cobertura legal y política ante posibles conflictos con sociedades de gestión, editoriales, e industria del entretenimiento.
– Utilizando nuestra política copyfight:
– De forma pasiva: Haciendo pública nuestro modo de hacer y implicando en la adhesión a éste a cualquier actividad que se realice en el csa.
– De forma activa: Transmitiendo al ministerio nuestro modelo y exigiendo que no paguen cantidad alguna en concepto de derechos de autor.
– De forma activa: Cuando se llegue a una situación de conflicto, tomando las acciones pertinentes y adecuadas a nuestra política.

3. Evitar la privatización del dominio público. ¿Cómo?
– Garantizando el uso de todos los espacios para actividades que generen procomún, evitando su uso privativo (tanto del espacio como de las mismas actividades).
– Participando activa y conscientemente de los conocimientos y saberes que están en dominio público, asegurándonos de e implicándonos en su posterior liberación.

METODOLOGÍA Y EJECUCIÓN

Mecanismos para alcanzar los objetivos de la manera más fácil posible

Que el CSA La Tabacalera sea un espacio de generación y difusión de cultura dentro del marco de los objetivos copyfight, conlleva que las condiciones de uso y trabajo estén sujetas a ciertas prácticas que han de ser comprendidas y aceptadas por todas las implicadas en el mismo.

Para una exposición clara de estas condiciones podemos, por un lado, agrupar en dos las actividades y procesos ligados a la llamada cultura: «generadoras y creadoras» y «de difusión y comunicación»; y por otro, dependiendo de la relación que mantengan las participantes en estas actividades y procesos con el CSA, podemos distinguirlas entre internas y externas. Así nos encontramos con los siguientes escenarios:

1. GENERADORAS-CREADORAS

En principio y por principios toda creación, acción, proyecto o generación de las que se reconocen ligadas a la cultura realizada en parte o en su totalidad en el Centro Social Autogestionado «La Tabacalera» será protegida mediante una licencia* que permita las llamadas «4 libertades»: copiar, modificar, usar y difundir; garantizando, eso sí, el reconocimiento de la autoría y el libre acceso de todas a la obra en igualdad de condiciones.

[*Mediante la licencia, la persona física o jurídica propietaria legal de los derechos sobre la obra define los usos que se pueden hacer de la misma.]

La licencia que hemos elegido y que permite estas cuatro libertades es la CC-By-SA. Se trata de una de las licencias creative commons bajo las cuales pueden protegerse una gran diversidad de obras, tales como programas informáticos, arte, cultura y ciencia, es decir prácticamente casi cualquier tipo de producción creativa (ver http://es.wikipedia.org/wiki/Copyleft ; http://es.wikipedia.org/wiki/Licencias_Creative_Commons). Independientemente del modelo de licencia que hayamos decidido utilizar, como creadoras siempre mantendremos sobre nuestra obra los «derechos morales» que nos permitan impedir un uso contrario a nuestros principios o ética. Siempre que seamos las autoras de la obra, podremos incluso cambiar de licencia cuando lo deseemos.

Las ‘CC’ significan Creative commons

es.creativecommons.org

‘By’ indica reconocimiento obligatorio de autoría; quien desee usar nuestra obra tiene derecho a copiar, distribuir, exhibir y representar la obra y hacer obras derivadas siempre y cuando reconozca y cite al autor original. En caso de incumplir la cita de autoría o cualquier otro apartado de la licencia se puede acudir a la vía judicial de la misma forma que se haría con una licencia Copyright.

‘SA’ obliga a quien quiera usar la obra o parte de ella a compartirla bajo la misma licencia, es decir, debe liberar la obra que cree (en nuestro caso, al usar CC-By-SA, debe también citar al autor de la obra si ha usado alguna parte) y por tanto evita la privatización de la nueva creación.

* Hay otras dos condiciones dentro de este tipo de licencias que en principio, y por principios, son descartadas dentro del CSA La Tabacalera: ‘NC’ (no comercial) y ‘ND’ (sin obras derivadas).

En el primer caso (‘NC’ ) se restringe al usuario de la obra el derecho a realizar un uso comercial de la misma, impidiendo por ejemplo la libre difusión de la música que creemos a través de pequeñas radios comunitarias que tienen publicidad de tiendas del barrio (tampoco se podría escuchar en las propias tiendas del barrio), no se le permitiría a otro CSA reproducir nuestra música, textos o nuestras imágenes si tienen algún sistema de auto-financiación (barra, camisetas, etc.). Excluye, de este modo, a mucha gente y dificulta a la vez la difusión de nuestra obra, ya que por ejemplo no permitiría ni a la wikipedia usar ninguna de nuestras creaciones (vídeo, texto, música, pintura, carteles).

En el segundo (‘ND’ ) se prohibe la realización de obras derivadas de nuestro original. En una sociedad global creada en base a la copia, prohibir una derivación es un absurdo, nada se crea desde la nada. Todo lo que «creamos» es una obra derivada de nuestras múltiples experiencias vitales, de los lenguajes y las culturas en las que estamos inmersas, incluso de las ideas que compartimos en el CSA con otras creadoras. Es tan absurdo prohibir las decenas de copias que Shakespeare hizo de obras de teatro de sus contemporáneos (mejorándolas, es decir, aportando su creatividad) como impedir a nuestras compañeras que modifiquen las ideas que se encuentran en el CSA en la creación de sus obras. Estas modificaciones y derivaciones en ningún momento afectan la integridad la obra ‘original’, que sería citada en cada caso.

1.1. Internas*

*las realizadas o practicadas por quienes participan activamente de manera autónoma o dentro de un colectivo en el CSA, llámense pétalos, tentáculos o grupos.

Hay que tener presente que por defecto todo lo que no se registre ni licencie es copyright. Para registrar, licenciar y liberar toda la producción cultural del CSA La Tabacalera seguiremos los siguientes pasos:

Primero registro y licencia de la obra en http://es.safecreative.net (Anexo 4)

En segundo lugar el uso de los dos recursos principales que para la documentación y la difusión de las obras producidas y protegidas bajo licencia CC-By-SA tenemos en el CSA:

– El CEB (Servidor de «Compartir Es Bueno»): un servidor con carpetas compartidas de red donde almacenamos todo el material producido en La Tabacalera
– La Web (Nuestro histórico de actividades): Ya que las actividades las publicitamos por la web, es importante implicar a las personas que la administran para que tengan unos protocolos que permitan facilitar que la propia noticia en sí de la actividad sea el espacio de liberación de los contenidos. Para ello cada nueva noticia de actividad a difundir contendría todos los requisitos necesarios para hacerlo efectivo: planos, guiones, partituras, fotos, vídeos, etc… o enlaces a ellos. De esta forma, aprovechamos la política copyfight del CSA para que todas las actividades generen contenidos libres a la vez que incrementamos nuestro histórico de las mismas. (Anexo 3)

? Qué registrar y licenciar y cómo por prácticas y disciplinas:

a) Fotografía: Fotos y montajes fotográficos
Dónde registrarlo y licenciarlo como CC-By-SA: http://es.safecreative.net
Dónde publicarlo: Gallery y web de la tabacalera, CEB
Cómo: Subiendo las fotos y montajes fotográficos al CEB mediante:
– El ordenador de cafetería (con acceso directo a la carpeta donde dejar el material)
– Los ordenadores de la sala de informática
O a través de una carpeta accesible por internet

b) Audiovisuales: Guiones y grabaciones
Dónde registrarlo y licenciarlo como CC-By-SA: http://es.safecreative.net
Dónde publicarlo: Gallery y web de la tabacalera, CEB
Cómo: Subiendo al CEB la grabación del audiovisual y copia del guión en su caso mediante:
El ordenador de cafetería (con acceso directo a la carpeta donde dejar el material)
Los ordenadores de la sala de informática
O a través de una carpeta accesible por internet

c) Teatro y performance: Textos y grabaciones
Dónde registrarlo y licenciarlo como CC-By-SA: http://es.safecreative.net
Dónde publicarlo: Gallery y web de la tabacalera, CEB
Cómo: Subiendo al CEB el vídeo final de la obra y una copia del guión en su caso mediante:
El ordenador de cafetería (con acceso directo a la carpeta donde dejar el material)
Los ordenadores de la sala de informática
O a través de una carpeta accesible por internet

d) Música: Partitura y grabación
Dónde registrarlo y licenciarlo como CC-By-SA: http://es.safecreative.net
Dónde publicarlo: CEB
Cómo: Subiendo al CEB una copia de la partitura y grabación de la obra mediante:
El ordenador de cafetería (con acceso directo a la carpeta donde dejar el material)
Los ordenadores de la sala de informática
O a través de una carpeta accesible por internet

e) Literatura, textos científicos, ensayo, investigaciones, textos periodísticos: Textos
Dónde registrarlo y licenciarlo como CC-By-SA: http://es.safecreative.net
Dónde publicarlo: CEB
Cómo: Subiendo al CEB una copia del texto mediante:
El ordenador de cafetería (con acceso directo a la carpeta donde dejar el material)
Los ordenadores de la sala de informática
O a través de una carpeta accesible por internet

f) Artes plásticas (pintura, escultura, instalaciones, escenografía, graffiti, etc.): documentación fotográfica y gráfica
Dónde registrarlo y licenciarlo como CC-By-SA: http://es.safecreative.net
Dónde publicarlo: CEB
Cómo: Subiendo al CEB fotografías de la pieza y/o copia de planos en su caso mediante:
El ordenador de cafetería (con acceso directo a la carpeta donde dejar el material)
Los ordenadores de la sala de informática
O a través de una carpeta accesible por internet

g) Danza: Coreografías y grabaciones
Dónde registrarlo y licenciarlo como CC-By-SA: http://es.safecreative.net
Dónde publicarlo: CEB
Cómo: Subiendo al CEB una copia de la coreografía de la pieza y copia del vídeo final usando:
El ordenador de cafetería (con acceso directo a la carpeta donde dejar el material)
Los ordenadores de la sala de informática
O a través de una carpeta accesible por internet

h) Arquitectura: planos y diseños
Dónde registrarlo y licenciarlo como CC-By-SA: http://es.safecreative.net
Dónde publicarlo: CEB
Cómo: Subiendo al CEB una copia de los planos y fotos de obra final mediante:
El ordenador de cafetería (con acceso directo a la carpeta donde dejar el material)
Los ordenadores de la sala de informática
O a través de una carpeta accesible por internet

i) Software: Herramientas de software desarrolladas
Dónde liberarlo: CEB y repositorio público
Licencias: GPL
Cómo: Subiendo el código a repositorios

1.2. Externas*

*las actividades realizadas por quienes proponen una actividad temporal o puntual al CSA

Se aplicarán los mismos criterios que para las actividades internas.

Aquellas que contacten y amadrinen una de estas actividades ‘externas’ han de comunicarse con la dirección general de autogestión cultural para las gestiones necesarias que garanticen la libertad del evento y la liberación de las creaciones/reproducciones; también han de comunicar estos criterios compartidos por el CSA La Tabacalera y explicar cómo liberar -o proteger- el contenido de las mismas (o liberarlo -protegerlo- ellas mismas), además de asegurarse de que se lleva a cabo. Ante dudas o problemas, se crea un grupo de trabajo y asesoramiento llamado “Dirección General de Autogestión Cultural”.

2. DIFUSIÓN Y COMUNICACIÓN PÚBLICA*

*Se entenderá por comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. Se trata, por tanto, del momento de la proyección, de la exposición, de la actuación, el directo…, es decir, el momento en el que la obra, texto o acción se hace accesible al público.

De nuevo distinguimos en internas y externas estas actividades de difusión y comunicación dependiendo de la relación que mantengan quienes las realicen con el CSA.

2.1. Internas*

*Las realizadas o practicadas por quienes participan activamente de manera autónoma o dentro de un colectivo en el CSA, llámense pétalos, tentáculos o grupos.

Ejemplos de comunicación y difusión interna:
Libros publicados por la editorial Papel de fumar
Conciertos del coro del CSA o de cualquiera de l@s músic@s que participan en La Tabacalera.
La exposición de fotos de camisetas
Radio del CSA
WEB
Proyección de autoproducciones audiovisuales
Actuaciones de los grupos de danza, teatro, performance del Molino Rojo.
La música que se escucha en la cafeta o en La Cajetilla cuando están abiertas al público (o a las socias)
Las autoconstrucciones realizadas
Cualquier actuación de alguna de nuestras Dj’s
Graffiti o cualquier obra gráfica o plástica expuesta, etc.

Si todos los contenidos han sido liberados desde su creación y ya cuentan con una licencia libre, no tendremos ningún problema con la difusión y comunicación pública de nuestras creaciones siempre que quienes los interpreten no estén ligadas a ninguna entidad de gestión de derechos de autor. Este último aspecto también permite la liberación de aquellas obras y acciones que se crean durante su difusión y comunicación (improvisaciones, jam sessions, etc.), y con cuyos contenidos se procedería como se ha ido indicando en el apartado 1.1. (ver supra).

? PROBLEMA: La excepción de las asociadas a la SGAE y entidades de gestión similares.

Antes que nada aquellas compañeras que están asociadas a entidades de gestión de derechos de autor tienen que ser conscientes del conflicto que generan. Así como tampoco pueden olvidar que al registrarse en la SGAE SE HAN ASOCIADO, es decir, que son socias y copropietarias de esa entidad, y por lo tanto son responsables de sus acciones (como es el uso del sistema judicial como herramienta de recaudación y encarcelamiento de manteros).

Por ejemplo, en el caso de las asociadas a la SGAE, deben ser conscientes de que han firmado un contrato por el que automáticamente toda creación que realicen y toda reproducción de su obra (incluso si son ellas mismas quienes la reproducen -como en el caso de un concierto o representación teatral-) pasa a formar parte del repertorio por el que la SGAE está obligada a cobrar, y de que por tanto han perdido el control de su obra, siendo imposible de liberar aun con su explícito consentimiento.

De este modo sus obras no pueden ser reproducidas en el CSA sin que su entidad de gestión nos reclame cantidades económicas sin sentido. A nosotras o al Ministerio, algo que nos preocupa enormemente y que perseguimos evitar no utilizando, difundiendo o comunicando materiales o contenidos gestionados por estas entidades.

El sinsentido de estos cobros se hace patente al enfrentarnos a datos como el de que las pequeñas asociadas a la SGAE (más del 90%) no tienen casi derechos en la asociación (por ejemplo no tienen derecho a voto), o el de que el reparto de lo recaudado queda así: 1,73% de asociados recibe un 75% del dinero, un 35% se reparte entre otro 25% de socios y al 63% restante no le dan nada (ver «Informe de evaluación del sistema de gestión colectiva de los derechos de propiedad
intelectual» en http://www.aeval.es/es/difusion_y_comunicacion/actualidad/notas_de_prensa/2009_04_06.htmlhttp://www.aeval.es/es/difusion_y_comunicacion/actualidad/notas_de_prensa/2009_04_06.html
Si es tu caso: ¿Qué haces aún ahí dentro?.

? NUESTRA PROPUESTA:


Ayudar a todas las implicadas a salir de su entidad de gestión de una manera creativa, sencilla, liberadora y políticamente coherente. Para ello ponemos a disposición de todas las compañeras los formularios necesarios para tramitar la baja y una asesoría personalizada para su caso, de modo que se le acompañe en todo el proceso. Cada persona que inicie el proceso podrá ir haciendo sus comunicaciones públicas mientras se resuelve. Lo importante es iniciarlo. (Anexo 2)

En caso de no poder evitarlo, y tras hablar el tema en coordinación o de manera general, si es un tema de interés común máximo, se podría plantear la aceptación de un modelo no 100% libre (con cláusulas como «no comercial», o de «no modificación») siempre que: Se firme un documento eximiendo de responsabilidades y pagos al CSA, al Ministerio de Cultura y a colectivos externos. El objetivo es protegernos ante las cláusulas de exclusividad de las entidades de gestión de derechos, con el fin de abolir la esclavitud y el mecenazgo abusivo.

2.2. Externas*

*Personas, colectivos o cualquier tipo de organización que no participan activamente de manera autónoma o dentro de un colectivo en el CSA y que vienen a realizar una actividad de difusión y/o comunicación pública.

Siempre que se haya creado la obra en el CSA (ver supra 1.2.) con una licencia libre, no hay problema. En principio cualquier actividad o creación que tenga una licencia no restrictiva puede realizar su actividad de difusión o comunicación sin problemas. Aun así se pedirá la firma de un documento en el que se explicite la no pertenencia a ninguna entidad de gestión, eximiendo de este modo de responsabilidades y pagos al CSA, al Ministerio de Cultura y a colectivos externos.

Todas las demás creaciones con copyright serán descartadas salvo las que por interés general pasen por discusión en la asamblea de coordinación.

Aquellas que contacten y amadrinen una de estas actividades ‘externas’ han de comunicarse con la dirección general de autogestión cultural para las gestiones necesarias que garanticen la libertad del evento y la liberación de las creaciones/reproducciones; también han de comunicar estos criterios compartidos por el CSA La Tabacalera y explicar cómo liberar -o proteger- el contenido de las mismas (o liberarlo -protegerlo- ellas mismas), además de asegurarse de que se lleva a cabo (Anexo 1). Ante dudas o problemas, se crea un grupo de trabajo y asesoramiento llamado Dirección General de Autogestión Cultural.


¡EXCEPCIONES!

– Actividades de carácter docente o de investigación: no generaría ningún tipo de conflicto la cita e ilustración para su análisis, comentario o juicio crítico con fines docentes o de investigación, según el artículo 32 de la ley de propiedad intelectualla ley de propiedad intelectual .

– Parodias (artículo 39 de la ley de propiedad intelectual).

– Periodistas: por ser una herramienta estratégica de comunicación del CSA con la sociedad no se les exigiría el uso de licencias libres (aunque, no obstante, se les intentará convencer de su uso en el artículo, entrevista, reportaje).

– Casos puntuales de actividades que sean de alto interés para el CSA y que se tratarían en coordinación o asamblea. (Se trataría como caso excepcional de desobediencia, asumiendo todo el trabajo de preparación de propuesta y los riesgos que conlleva de manera colectiva).

– Los casos en los que se logre la cesión por escrito de derechos sin pago alguno por parte de aquellas que son sus propietarias (p.e. el caso de la Muestra de Cine de Lavapiés)


ANEXO 1

PROTOCOLOS PARA QUIEN RECIBE PETICIONES DE ACTIVIDADES (MADRINAS)

Para programar conciertos, festivales, teatro y otros eventos públicos:

Si programamos autoras y /o intérpretes socias de cualquier entidad de gestión tenemos que pagar.
Si ninguna de las autoras o intérpretes que programemos están asociadas a ninguna entidad de gestión, bajo ningún concepto tenemos por qué pagar a ésta ninguna recaudación. Por esto tenemos que tener una declaración firmada por las artistas de no pertenencia a ninguna sociedad de gestión (ver infra) y tenerla a mano para presentarla al comercial de la sociedad de gestión que la solicite juntamente con nuestra declaración de no contratar ni programar ninguna artista socia de ninguna entidad de gestión de derechos de autor.

Si presentamos estos documentos no pueden reclamar nada.

Cláusula para eximir al CSA del pago a la SGAE

El CSA declara que está en posesión de las correspondientes licencias o autorizaciones de las autoras cuyas obras están incluidas en el espectáculo objeto del presente contrato.
En el caso de que la compañía, el grupo o alguna de sus miembros sea la autora de la obra, y no sea socia de entidad de gestión de derechos de autor alguna, deberá declararlo por escrito mediante la firma del documento que se adjunta a este contrato (ver infra “Manifestación de autoría y no adhesión a entidad de gestión de derechos de autor”).
Tampoco podemos olvidar que en el caso de eventos gratuitos y/o benéficos, el 7% de los gastos de organización son recaudados por la SGAE si la compañía o algunos de sus miembros o de las autoras de la obra son sus socios.


MANIFESTACIÓN DE AUTORÍA Y NO ADHESIÓN A ENTIDAD DE GESTIÓN DE DERECHOS DE AUTOR

1.- ____________________________ es el creador de la obra titulada ___________________________

2.- ___________________ manifiesta que no ha cedido en exclusiva el derecho de representación de la obra, y que no ha cedido este derecho en forma incompatible con la representación que se llevará a cabo en el CSA La Tabacalera

3.- __________________ manifiesta expresamente que no ha cedido ninguno de los derechos de explotación de la obra para su gestión por parte de ninguna entidad gestora de derechos de autor. En concreto, y a modo enunciativo, manifiesta expresamente que no ha suscrito contrato de adhesión alguno con la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) ni tampoco a ninguna otra entidad extranjera equivalente dedicada a la gestión de derechos de autor.

4.1.- ___________________ es el autor de los distintos elementos de que se compone la obra, tales como textos, coreografías, imágenes, sonidos, música o cualquier otro elemento susceptible de ser calificado como obra protegible de acuerdo con la Ley de Propiedad Intelectual.

4.2.- En caso de que alguno de los elementos citados no haya sido creado por el autor, ________________________ manifiesta que está legítimamente autorizado por sus autores o gestores para utilizar dichas obras conforme el objeto de este contrato y que en caso de que su utilización esté sujeta al pago de derechos de autor, ya sea directamente al autor, ya sea a la entidad que sea titular de los derechos de explotación para su gestión, este pago ha sido asumido por parte de la compañía.

5.- _______________________ manifiesta que asume las condiciones del contrato al que se adjunta este documento y del que forma parte integrante .

En Madrid, a _____ de ______________de _______

Fdo. ___________________


DOCUMENTO PARA MÚSICOS QUE ACTÚEN Y GRABEN EN EL CSA LA TABACALERA

____________________________________________________________, con DNI _________________ y en representación del grupo musical ___________________, manifiesta que,

1.- El grupo musical ________________ es el autor de todos los temas que interpretará en el Centro Social La Tabacalera de Madrid, que se celebrará los días X y X.
2.- El grupo musical ___________________ declara bajo su responsabilidad, que ningún elemento de los que componen dichos temas pertenecen a ningún autor que sea socio de ninguna entidad de gestión de derechos.
3.- El grupo musical __________________ no ha cedido ni cederá hasta la realización del concierto, ninguno de los derechos de explotación de la obra para su gestión por parte de ninguna entidad gestora de derechos de autor. En concreto, y a modo enunciativo, manifiesta expresamente que no ha suscrito ni suscribirá contrato de adhesión alguno con la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Agedi, Aie, o similares, ni tampoco a ninguna otra entidad extranjera equivalente dedicada a la gestión de derechos de autor.
4.- El grupo musical ___________________ certifica que es el propietario de los derechos de explotación de los distintos elementos de que se compone la obra, tales como textos, imágenes, sonidos, música o cualquier otro elemento susceptible de ser calificado como obra protegible de acuerdo con la Ley de Propiedad Intelectual.
5.- En caso de que alguno de los elementos citados no haya sido creado por el grupo, manifiesta que está legítimamente autorizado por sus autores o gestores para utilizar dichas obras.
6- El Grupo Musical___________________ certifica que es propietario de los derechos de los temas a incluir en el recopilatorio que se editará sobre músicos en La Tabacalera y que no ha cedido ni cedera los derechos de dichos temas a ninguna sociedad de derechos de autor.

En Madrid, a _____ de ______________de _______

Fdo. ___________________


ANEXO 2

PROTOCOLO PARA DARSE DE BAJA DE LA SGAE

Soy autora/intérprete y socia de la SGAE y quiero darme de baja

Para darte de baja de la SGAE sigue los siguientes pasos:
1.1 Tienes que saldar tus deudas con la entidad a la que estés asociado en caso de tenerlas, por ejemplo: en caso de haber recibido una liquidación en concepto de adelanto.
1.2 El contrato tiene una duración de tres años y se renueva automáticamente. La única forma de darse de baja es enviando una cartacarta certificada con acuse de recibo (¡guarda el recibo!) a la entidad, informando de tu voluntad de darte de baja como socio. La baja ha de solicitarse un año antes del vencimiento del contrato y no será efectiva hasta el 31 de diciembre del año en el que se comunica esta decisión.(consulta los estatutos de la SGAE Artículo 27 y Artículo 14)
1.3A partir de que se haga efectiva la baja vuelves a ser pleno titular de la gestión de los derechos de explotación de tus obras.

Carta para darse de baja de la SGAE u otra entidad de gestión

El abajo firmante Don/Doña……………………………………………………. Con D.N.I………………….. socio de la entidad de gestión…………….. con número………………….. solicita con la presente carta darse de baja de esta entidad.

En Madrid, a ………de….. ……………de…………

Firma:


ANEXO 3

PROTOCOLOS PARA LOS WEBMASTER

Pedir el «código fuente» (partitura, guión, plano, fotos, vídeos) antes de aceptar publicar la noticia.

Adjuntar a cada entrada nueva en el blog el «código fuente» y toda la documentación


¿Dudas? ¡Contacta con la DGAC!

Para facilitar la puesta en marcha de esta política copyfight y promover la cultura libre en el CSA La Tabacalera hemos creado la Dirección General de Autogestión Cultural, que se ofrece a asesorar a todas las personas que tengan dudas o quieran más información sobre licencias libres, gestión de derechos y autoría. Recibimos consultas por correo electrónico: dgac -arroba- latabacalera.net.

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